Requisitos
- Documento de identidad
- Resumen de historia clínica extendido por médico neurólogo
- Últimos estudios realizados
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Seis hospitales dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires extienden el certificado único de discapacidad (CUD), de los cuales solo dos aplican para epilepsia. Estos son:
Hospital Alvear
El Hospital Alvear certificará las discapacidades mentales y la epilepsia resistente a drogas (epilepsia refractaria) en pacientes portadores de la patología mayores de 18 años.
Hospital T. de Alvear
Patologias mentales / Epilepsia Refractaria en mayores de 18 años.
Direccion: Av. Warnes 2630.
Te: 4521-0273/0090
Atención: días Lunes, Miércoles y Viernes de 09:00hs a 12:00hs.
Sector: Sala de Neurociencias.
Medico referente: Dr. Adrián Gross
HOSPITAL PARMENIO PIÑERO
El Hospital P. Piñero certificará la epilepsia resistente a drogas (epilepsia refractaria) a aquellos pacientes menores de 18 años.
Hospital Parmenio Piñero
Epilepsia Resistente a drogas (Epilepsia refractaria) en menores de 18 años.
Dirección: Varela 1301.
Te: 4631-8100/6704
Atención: días Lunes a Viernes de 08:00hs a 12:00hs.
Sector: Consultorios Externos.
Medico referente: Dr. Hector Scrigna
Para dar inicio a la tramitación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se deberá solicitar turno en el hospital que corresponda y deberá completar la solicitud del certificado de discapacidad (ley 22.431 art. 3º) que se adjunta y que debe estar firmada por el interesado, curador ó representante legal.
Además se le entregarán los requisitos que deberán traer el día del turno asignado para ser evaluados por la Junta Médica Evaluadora de la Comisión de Rehabilitación del GCBA.
Otras Discapacidades
- Los hospitales Dr. José M. Penna y Dr. P. Piñero, tendrán a su cargo las discapacidades viscerales.
- El hospital Santa Lucía, tomará a su cargo la certificación de las discapacidades visuales.
- El Instituto de Rehabilitación Psicofísica (IREP), certificará las discapacidades motoras.
- El hospital Rocca, se encargará de certificar las discapacidades motoras y las sensoriales.
Para tramitar el Certificado Único de Discapacidad en alguno de estos seis hospitales, será necesario contar con domicilio acreditado únicamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los hospitales certificadores entregarán los requisitos para tramitar las evaluaciones por parte de las Juntas.
Línea de atención gratuita: 0800-999-2727
PACIENTES RESIDENTES EN EL INTERIOR DEL PAÍS
Si el interesado reside en el interior del país, por favor visite la página WEB del Servicio Nacional de Rehabilitación www.snr.gov.ar e ir a la sección INFORMACIÓN PARA EL INTERIOR DEL PAIS donde constan las direcciones de todos los organismos nacionales y provinciales donde se puede tramitar el CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.
Si por el contrario el interesado tiene domicilio en la Provincia de Buenos Aires, deberá concurrir (puede venir otra persona en su lugar) al Servicio Nacional de Rehabilitación (ubicad en Ramsay 2250) de 8.30 a 14 hs al área de turnos con su DNI original (excluyente) donde conste el domicilio actual; además, deberá presentarse con un certificado médico en donde conste el diagnóstico del paciente (no excluyente), con el objeto de ser asignado con el médico especialista, o bien conocer con precisión cuál es el diagnóstico a evaluar.
Es OBLIGATORIO para retirar el turno presentar DNI original, del solicitante sin excepción: NO se entregan turnos sin cumplir con este requisito. Además, es necesario conocer el diagnóstico específico del interesado.
Solo se extiende un (1) turno por persona, excepto Padres, Madres o familiares directos que puedan comprobar vínculo, y que necesiten más de un turno.
Si Ud. pertenece a un organismo oficial o no oficial, ONG, agrupación o asociación, y necesita retirar mas de un turno, deberá solicitar atención a través del personal destinado para tal fin.
Información muy importante
- No olvide traer DNI original y una fotocopia.
- Si tiene Certificado de Discapacidad Provincial, deberá presentar una fotocopia.
- Si Ud. vive en Provincia de Buenos Aires pero su DNI registra domicilio fuera de esa jurisdicción, deberá presentar certificado de domicilio actual.
- Si el interesado es extranjero, debe presentar la correspondiente acreditación de identidad y en caso de ser necesario, certificado de domicilio.
- Si el interesado es menor de edad, debe concurrir con su padre o madre, y presentar partida de nacimiento y DNI Original del padre o madre.
- Si el interesado posee curatela, el curador deberá firmar la solicitud y aportar las fotocopias de la documentación que lo acredite como tal.
Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de las Personas con Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud, Ramsay 2250 TE: 4783-8144/9077/4354 CABA.
En relación a los pacientes que presentan el diagnóstico de epilepsia resistente al tratamiento farmacológico ó epilepsia refractaria se encuentra en vigencia la Disposición Nº 1612/2008 del Servicio Nacional de Rehabilitación en dónde se aprueban la Normativa para Certificación de Discapacidad en Pacientes con Epilepsia.
Criterios para extender el Certificado de discapacidad en Epilepsia
Se extenderá el Certificado de discapacidad a todos aquellos pacientes que puedan demostrar la presencia de CRISIS EPILEPTICA RESISTENTE AL TRATAMIENTO que interfieran con la actividad que cotidianamente debería desarrollar el paciente acorde a su edad y sexo.
Se extenderá el Certificado de discapacidad a todos aquellos pacientes que puedan demostrar la presencia de CRISIS EPILEPTICA RESISTENTE AL TRATAMIENTO asociada a otros síndromes.
Requisitos para extender el Certificado de discapacidad en epilepsia
1) Certificado de médico especialista donde conste:
- diagnóstico
- estado actual
- tipo de crisis y frecuencia
- esquemas terapéuticos realizados (indicando dosis y duración de cada uno de ellos).
2) Completar planilla para certificar discapacidad en pacientes epilépticos por médico especialista.
3) Laboratorio: Dosaje en sangre de drogas antiepilépticas (Sólo si ha recibido dos drogas en monoterapia sin control de las crisis).
4) Presencia del paciente el día de la junta médica.
5) Concurrencia con el Documento Nacional de Identidad.
